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Colombia
En Bogotá la exención no es automática
Bogotá
La ley te exime del pico y placa, pero en Bogotá hay que inscribir el carro en el Registro de Exceptuados de la Secretaría Distrital de Movilidad. Sin esa inscripción circulas exento por ley y multado en la calle.
Qué tienes que hacer: Inscríbelo en movilidadbogota.gov.co, en «Registro de Exceptuados Restricción Vehicular». Necesitas el carro en el RUNT con SOAT y revisión técnico-mecánica vigentes. La Secretaría tiene 20 días hábiles para resolver.
Ley 1964 de 2019, art. 6 · Registro Distrital de Exceptuados · fuente consultada el 21 de agosto de 2026
30 % menos en la técnico-mecánica
Los Centros de Diagnóstico Automotor deben aplicar un 30 % de descuento a los carros eléctricos y publicar los precios a la vista. Además, un eléctrico particular no hace revisión hasta el sexto año desde la matrícula.
Qué tienes que hacer: Pídelo en el CDA antes de pagar y compara con la tarifa publicada. El descuento no cubre los carros convertidos de combustión a eléctrico.
Resolución Conjunta 20213040039485 de 2021, art. 3 (Ley 1964 de 2019, art. 4) · fuente consultada el 21 de agosto de 2026
10 % menos en el SOAT
La ley obliga a las aseguradoras a dar un 10 % de descuento en la prima del SOAT de un vehículo eléctrico, y a registrar ese beneficio ante la Superintendencia Financiera.
Qué tienes que hacer: Al renovar, confirma con tu aseguradora que la prima ya trae el descuento aplicado.
Ley 1964 de 2019, art. 4 · fuente consultada el 21 de agosto de 2026
Sin pico y placa en todo el país
Los vehículos eléctricos y de cero emisiones están exentos de las restricciones a la circulación que ponga cualquier autoridad de tránsito local — pico y placa, día sin carro y restricciones ambientales. La única excepción son las restricciones por razones de seguridad.
Ley 1964 de 2019, art. 6 · fuente consultada el 21 de agosto de 2026
En Medellín no hay que inscribir nada
Medellín y Valle de Aburrá
Al contrario que Bogotá, el Valle de Aburrá no pide inscripción previa: basta con que el combustible eléctrico figure en la licencia de tránsito, sin importar en qué organismo esté matriculado el carro.
Secretaría de Movilidad de Medellín (Ley 1964 de 2019, art. 6) · fuente consultada el 21 de agosto de 2026
Impuesto vehicular tope 1 %
Para un vehículo eléctrico la tarifa del impuesto sobre vehículos automotores no puede superar en ningún caso el 1 % del valor comercial del carro.
Ley 1964 de 2019, art. 3 (parágrafo 5 del art. 145 de la Ley 488 de 1998) · fuente consultada el 21 de agosto de 2026
2 % de las plazas son para ti
Las entidades públicas y los establecimientos comerciales con parqueo al público, en municipios de categoría especial, primera y segunda, deben reservar al menos el 2 % de las plazas para uso preferente de vehículos eléctricos. No puede salir de las plazas de movilidad reducida ni de los cicloparqueaderos.
Ley 1964 de 2019, art. 7 · fuente consultada el 21 de agosto de 2026
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